Decreto por el que se regula el registro de Bibliotecas de Aragón
n el proceso de elaboración de una norma, puedes participar en las consultas públicas:
Se trata de una consulta a la ciudadanía con carácter previo a la elaboración del proyecto de una norma reglamentaria o legal.
La consulta pública previa, que forma parte del procedimiento de elaboración de las normas con rango de ley y reglamentos, viene recogida en el artículo 43 del texto refundido de la Ley del Presidente o Presidenta y del Gobierno de Aragón aprobado en el Decreto Legislativo 1/2022, de 6 de abril, del Gobierno de Aragón:
1. Una vez aprobada la orden de inicio, y con carácter previo a la elaboración del proyecto
de reglamento o de ley, se abrirá un período de consulta pública para recabar la opinión de
las personas y organizaciones que puedan verse afectadas por la futura norma sobre:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.2. La consulta pública durará un mínimo de quince días naturales y un máximo de treinta días naturales, y se hará efectiva a través del Portal de Participación Ciudadana del Gobierno de Aragón.
3. Podrá prescindirse del trámite de consulta pública en los siguientes supuestos:
a) Cuando se trate de normas organizativas o presupuestarias.
b) Cuando concurran razones graves de interés público que lo justifiquen.
c) Cuando la propuesta normativa no tenga un impacto significativo en la actividad econó-
mica, no imponga obligaciones relevantes a las personas destinatarias o regule as-
pectos parciales de una materia.
d) En el caso de la tramitación urgente de la norma.4. La concurrencia de alguna o varias de las razones previstas en el apartado anterior
También te puede interesarIII Encuentro de Teatro Juvenil ‘Encontrarte’ en Calamocha
deberá motivarse en la memoria justificativa.
Para llevar a cabo estas consultas públicas, Aragón utiliza este Portal web de Gobierno Abierto del Gobierno de Aragón para informar y recoger aportaciones de las consultas públicas previas cuya iniciativa corresponde al gobierno autonómico bajo las instrucciones recogidas en la Orden CDS/644/2022.
La consulta pública previa no sustituye a los procesos de deliberación participativa (que se realizan cuando ya hay un texto borrador propuesto que se somete a debate) en la elaboración de planes o programas plurianuales (Ley 8/2015 de Aragón, art. 54.5) o anteproyectos de ley (art.46 del texto refundido aprobado en el Decreto legislativo 1/2022). Tampoco sustituye a los trámites de audiencia e información pública en la elaboración de reglamentos.
En el portal web de Transparencia se puede acceder a los documentos que forman parte del expediente de las normas en trámite o normas ya tramitadas.
Aquí puedes participar en la consulta pública impulsada por la Comunidad Autónoma:
Consulta pública previa regulación REGISTRO Bibliotecas de Aragón
- Órgano solicitante: Dirección General de Cultura. Gobierno de Aragón
- Fecha de inicio: 11-06-2024
- Fecha límite para la presentación de aportaciones: 25-06-2024
Regular el contenido y estructura del Registro de bibliotecas de Aragón así como la inscripción y cancelación de las bibliotecas y centros de docuemntación, una vez comprobado que cumplen con los principios y valores de las bibliotecas recogidos en el artículo 4 de la Ley 7/2015, de 25 de marzo, de Bibliotecas de Aragón.Para facilitar la consulta, el departamento impulsor de la norma describe el contenido sobre los objetivos, problemas que se pretenden solucionar, las posibles soluciones y los aspectos más relevantes a regular.