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LA JUNTA ADJUDICA LAS 63 VIVIENDAS DEL EDIFICIO PUENTE COLGANTE

  • La directora general de Vivienda, María Pardo, ha presenciado esta mañana el procedimiento de sorteo para la adjudicación de las 63 viviendas rehabilitadas celebrado ante notario en la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
  • La Junta ha promovido la rehabilitación del ‘Edificio Puente Colgante’, de titularidad pública, con el objeto de fomentar e incrementar el parque público de viviendas energéticamente eficientes
  • El parque público de vivienda está destinado al alquiler social o a precio asequible para familias jóvenes

23 de mayo de 2024

Las obras acometidas han convertido un antiguo cuartel de la Guardia Civil en desuso, en un edificio totalmente accesible y eficiente energéticamente, dotándolo de una certificación energética A+. Así, junto a la restauración interior de todas sus plantas, las obras han supuesto, sobre todo, una mejora en su eficiencia energética con el objetivo de disminuir el consumo de energía y reducir la factura energética de los futuros inquilinos, contribuyendo con ello a la reducción de emisiones de CO2.

Para lograrlo se han implementado una variedad de medidas, entre las cuales destacan especialmente la instalación de un sistema de aislamiento térmico exterior (SATE) sobre la fachada existente, así como de nuevas ventanas con doble acristalamiento y aislamiento térmico, la incorporación de aislamiento térmico y acústico en las paredes entre las viviendas, además de en los techos y suelos de cada unidad residencial. Finalmente, se ha mejorado el aislamiento térmico de la cubierta y el suelo del edificio.

Junto a ello, el edificio está dotado de una caldera de biomasa para uso comunitario, en línea con el compromiso de la Junta de implantación de energías renovables. Con esta actuación se ha conseguido una certificación energética A+ para el edificio, con un consumo de energía de 22 kWh/m² por año y una emisión de CO2 inferior a la media, de 6 kgCO2/m² por año.

El coste total de la rehabilitación ha superado los 7,2 millones de euros, una financiación que cuenta con la aportación de fondos europeos REACT-UE (FEDER).

Selección de arrendatarios

El procedimiento de adjudicación de estas viviendas se rige por lo dispuesto en la Orden FOM/1982/2008, de 14 de noviembre, por la que se regula el procedimiento para la selección de los adquirentes y arrendatarios de viviendas protegidas en Castilla y León, modificada por la Orden FOM/791/2011, de 1 de junio, y la Orden FYM/44/2012, de 23 de enero.

Dicha Orden regula las fases del procedimiento, así como los requisitos generales que deben cumplir los arrendatarios a los que se adjudiquen estas viviendas, entre los que se encuentran la inscripción previa en el Registro Público de Demandantes de Viviendas Protegidas de Castilla y León, y el cumplimiento de los límites de los ingresos máximos y mínimos establecidos en la normativa vigente.

El 7 de marzo se publicó en el Bocyl la orden MAV/157/2024, por la que se convocaba el procedimiento de selección de arrendatarios de las viviendas del ‘Edificio Puente Colgante’, y posteriormente se publicó la lista provisional de admitidos, que estuvo en periodo de alegaciones hasta el 5 de abril.

Una vez resueltas las alegaciones, por orden MAV/430/2024, de 10 de mayo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio se publicó la lista definitiva y se fijó para hoy, día 23 de mayo, la fecha de celebración del sorteo ante notario para su adjudicación.

Una vez celebrado el sorteo, y tras publicar oficialmente su resultado, la Dirección General de Vivienda notificará individualmente a cada una de las personas que han resultado seleccionadas a efectos de que en un plazo de 10 días hábiles acepte o renuncie a la vivienda adjudicada. De ser aceptada la vivienda se procede a notificar nuevamente al seleccionado a efectos de la firma del contrato de arrendamiento que habrá de ser visado por el Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital de Valladolid. En el caso de no cumplir los requisitos del visado o no aportar la documentación solicitada la persona pierde la condición de seleccionada.

Tipología y destinatarios de las viviendas

El resultado final tras la rehabilitación es la incorporación al parque público de alquiler de 63 viviendas, de las cuales 47 disponen de 3 dormitorios con una superficie que oscila entre los 73 m² y los 90 m²; y las otras 16 viviendas se conforman de 2 dormitorios con una superficie de entre 59 m² y 79 m².  Asimismo, las viviendas disponen como anejo vinculado de un trastero ubicado en la planta sótano, cuya superficie útil aproximada oscila entre 3,06 m² y 6,10 m².

Todas ellas se destinarán al alquiler social o cesión en uso durante un plazo mínimo, en ambos casos, de 50 años. El plazo de duración del contrato de arrendamiento será de un año, prorrogable obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración de siete años, salvo que el arrendatario manifieste su voluntad de no renovarlo.

Del total del número de viviendas de la promoción, siete han sido reservadas a personas públicas y privadas sin ánimo de lucro, en concreto serán cedidas a las siguientes entidades: Asociación Síndrome de Down de Valladolid, Fundación Personas de Valladolid, Asociación de padres y familiares de personas con autismo de Valladolid y PREDIF.

Con carácter general, se pretende atender de forma directa a las familias jóvenes inscritas como demandantes de vivienda protegida en alquiler en el municipio de Valladolid. En concreto, debido a que la mayoría de las 63 viviendas –en concreto 47– son de tres dormitorios, el proceso de selección está dirigido a unidades familiares de al menos tres miembros, excepto las personas con movilidad reducida que opten al cupo de dos viviendas reservadas para ellas, y las personas que opten a las siete viviendas de dos dormitorios, que habrán de formar parte, estas últimas, de unidades familiares de al menos dos miembros. Por su parte, siete viviendas están específicamente destinadas a personas con algún grado de discapacidad, coordinándose la administración de las mismas con entidades sin ánimo de lucro del tercer sector.

Renta de alquiler bonificada

Para el cálculo de la renta de alquiler de los futuros arrendatarios se aplican las reglas contenidas en las órdenes MAV 868/2022, de 11 de julio, y 1445/2023, de 15 de diciembre, de las que resulta la aplicación de un coeficiente reductor del 25% en el precio de referencia por ser la Junta la promotora de la actuación. A ese coeficiente reductor se le añade una bonificación prevista en esta orden del 10% o del 20%, en función de los ingresos de dichos inquilinos.

Conforme a esas bonificaciones la vivienda más cara (de 97,67 m² útiles + 6,10 m² útiles de trastero) tendrá una renta de 333,19 euros o 374,84 euros, en función de cuál de los dos coeficientes resulte de aplicación, y la vivienda más barata (de 58,52 m² útiles + 4,19 m² útiles de trastero) tendrá una renta de 200,70 euros o 225,78 euros, en función de cuál de los dos coeficientes resulte de aplicación.

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