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La Agencia Tributaria de la Región de Murcia incorpora la lengua de signos a su servicio de atención al contribuyente

La Agencia Tributaria de la Región de Murcia incorpora la lengua de signos a su servicio de atención al contribuyente

Los usuarios interesados podrán solicitar el servicio a través de cita previa, lo que les permitirá recibir una videollamada en el día y hora establecido para ser atendidos por un técnico de la ATRM y un intérprete

Los usuarios pueden solicitar el servicio de lengua de signos a través de la cita previa

El Gobierno regional continúa trabajando para ofrecer una Administración regional accesible. Así, la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, a través de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia (ATRM), ha incorporado a su servicio de atención al contribuyente la lengua de signos.

Las personas con discapacidad auditiva ya pueden ser atendidas en lengua de signos a través de una videollamada, la cual deberá solicitarse a través del portal de cita previa de la ATRM, seleccionando en el apartado ‘Servicio’ la opción ‘Atención telemática. Personas con discapacidad auditiva’. Tras realizar dicho trámite, los interesados recibirán un correo electrónico donde se remitirá un enlace para poder realizar dicha videollamada en el día y la hora solicitada, por lo que los usuarios de este servicio deberán disponer de un equipo con cámara y conexión a Internet. 

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«Con este servicio acercamos la ATRM a todas aquellas personas que no oyen u oyen con dificultad y que necesitan realizar algún trámite, haciendo posible que todos sus usuarios puedan disfrutar de los mismos servicios», destacó la secretaria general de la Consejería, Sonia Carrillo.

Entre las gestiones con las que cuentan los usuarios de la ATRM en su servicio de atención al contribuyente, y por consiguiente, las personas con discapacidad auditiva, se encuentran: información, aplazamiento, domiciliación y pago de tributos cuya gestión y recaudación compete a la ATRM; cumplimentación de modelos de autoliquidaciones de tributos cedidos (Impuesto de Sucesiones y Donaciones e Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados) y del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal) en municipios dond

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